Xalapa, Ver., 16 de noviembre de 2016.- El amparo concedido por el Juzgado Tercero de Distrito con sede en Boca del Río, en favor de Diego Cruz y Jorge Cotaita, en el caso de pederastia agravada en agravio de una víctima de identidad resguardada, en enero de 2015, no los exonera del delito ni de la probable autoría, afirmó el titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), Luis Ángel Bravo Contreras.
El servidor público explicó que en el Juicio de Amparo promovido por Cruz y Cotaita contra la orden de aprehensión, el Juez de Distrito ordena al Juez de Primera Instancia a reponer los vicios de forma y volver a emitir su fallo, es decir, “no los exonera del delito ni de su probable autoría”.
El proceso de extradición sigue su curso, pues la orden de aprehensión sigue vigente, toda vez que la sentencia amparadora “no ha causado estado para que surta sus efectos”, pues debe transcurrir un periodo de 10 días hábiles para que eso suceda.
Durante ese lapso, la FGE interpondrá, en su caso, el recurso de revisión correspondiente. Cabe destacar que esta sentencia no afecta en nada el proceso que se le sigue a Enrique Capitaine, actualmente sujeto a la traba de la formal prisión en un centro de reclusión estatal.