No debe negarse información sin demostrar el daño que puede causar proporcionarla

5 abril, 2017 ·

 

  • Tendrá que dar a conocer las 20 colonias con más delitos reportados en 9 ciudades del estado
  • Deberá completar información relacionada con denuncias penales por irregularidades en la Secretaría

 

Xalapa, Ver., 5 de abril de 2017.- No debe reservarse la información sin demostrar el daño que se puede generar al proporcionarla, dejó en claro el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI), al resolver el expediente IVAI-REV/172/2017/III promovido en contra de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) del estado, quien negó a una persona conocer a partir de 2011 cuáles son las veinte colonias donde ocurren la mayor cantidad de delitos reportados en Xalapa, Veracruz, Córdoba, Orizaba, Coatzacoalcos, Tierra Blanca, Poza Rica, Tuxpan y Boca del Río.

 

La SSP clasificó como reservada la información. En respuesta al solicitante, mediante oficio del Subdirector de Información y Estadística Delictiva, argumentó que si se da a conocer la ubicación y frecuencia de los delitos reportados no se podría garantizar la seguridad pública con la eficiencia y efectividad necesaria.

 

En cuanto a proporcionar las colonias con mayor reporte de delitos, manifestó que esto podría entorpecer las actividades de la Secretaría, ocasionando serios obstáculos en las estrategias relacionadas con la prevención de conductas que puedan derivar en algún delito, pues crearía un mapa del cual pueden hacer mal uso personas que cometen actos fuera de la ley.

 

El IVAI resolvió que las manifestaciones de la Secretaría no resultaban suficientes para obstruir el acceso a la información de la sociedad, pues es requisito indispensable demostrar el riesgo que supondría dicha divulgación y que este supere el interés público general de que se difunda; por lo que conforme a lo establecido en la normatividad, la información solicitada tiene el carácter de pública.

 

Para los comisionados Yolli García Alvarez y José Rubén Mendoza Hernández, el que se tenga acceso a ella contribuye a que la población conozca los lugares en que –con base en cifras o estadísticas– existe mayor posibilidad de que puedan ser víctimas de algún acto delictivo, lo que de ningún modo choca con la prevención o persecución de delitos, pues se debe tener presente que no se requirió información de operativos o estrategias de seguridad, como erróneamente lo interpretó el Subdirector de Información y Estadística Delictiva.

 

En la resolución del Instituto se destaca que no cualquier caso vinculado con índices delictivos en sí mismo involucra un riesgo a la seguridad pública; tan es así que, contrario a lo argumentado, la propia SSP había proporcionado al solicitante el vínculo http://secretariadoejecutivo.gob.mx/index.php del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, diciéndole que ahí podía consultar la incidencia delictiva por municipio y en la temporalidad que requería.

 

Cabe mencionar que no obstante que esta página tiene contenido relacionado, el IVAI la revisó y determinó que no contemplaba la información específica de las veinte colonias que fueron requeridas. Por tanto, deberá proporcionar lo solicitado.

 

El órgano garante de Veracruz ordenó a la Secretaría de Seguridad Pública que en el término de tres días hábiles siguientes a que cumpla con la resolución, deberá informarle al respecto; y previno al titular de la Unidad de Transparencia que en caso de desacato de la resolución se dará inicio a los procedimientos contemplados por la ley de la materia.

 

También en contra de esta Secretaría se resolvió el expediente IVAI-REV/261/2017/II, relacionado con una solicitud para conocer el número de denuncias penales interpuestas desde el 1 de diciembre del 2016 por irregularidades administrativas, contables y fiscales, entre otras, detectadas en dicha dependencia en ejercicios fiscales pasados, incluyendo ante qué instancias se presentó la denuncia.

 

En principio, la Secretaría indicó carecer de competencia, pero después de presentado el recurso de revisión ante el IVAI modificó su respuesta y remitió oficio indicando el número de denuncias y la instancia ante la que se presentaron, entre otros elementos. Sin embargo, los comisionados identificaron que no especificó si se interpuso algún tipo de denuncia por irregularidades detectadas en ejercicios pasados, únicamente señaló los originados en 2016; por lo que le ordenaron que se manifieste al respecto.

 

En la sesión pública realizada por el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se resolvieron 82 recursos de revisión.

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