Actualiza LXIV Legislatura la Ley de Asociaciones Público-Privadas

3 julio, 2017 ·

Para regular la contratación de asociaciones público-privadas y adecuarla a lo dispuesto en la Ley General de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios en relación al cargo total o parcial de recursos federales, la LXIV Legislatura de Veracruz aprobó el Dictamen de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Asociaciones Público-Privadas y al Código Financiero, ambos del Estado de Veracruz.

Con esta modificación se asume una mayor responsabilidad hacendaria por parte de los entes de la administración pública estatal, los Organismos Constitucionales Autónomos, los Poderes Legislativo y Judicial que permitirá finanzas públicas sanas, crecimiento económico y una contribución eficaz a la estabilidad del sistema financiero nacional.

Se establece el plazo para que los entes públicos inscriban en el Registro Público Único los contratos de Asociación Público-Privadas y se les proporcione publicidad mediante su página de internet con la finalidad de transparentar el recurso público, que cuenten con un registro de los financiamientos y obligaciones que contraigan estos entes.

De esta manera se contempla a los Poderes Judicial y Legislativo, así como los Organismos Constitucionales Autónomos para que desarrollen proyectos en la materia, por lo que tendrán acceso a mecanismos financieros que faciliten su funcionamiento y brinden opciones novedosas siempre y cuando informen con toda transparencia las obligaciones de pago que contraigan, el beneficio social que obtendrá y demostrar las ventajas financieras del esquema de Asociaciones Público Privadas frente a otras formas de financiamiento.

El Dictamen refiere que únicamente con el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado se podrán autorizar los montos máximos para la contratación de obligaciones derivadas de los proyectos de Asociaciones Público–Privadas como parte de los contrapesos institucionales que la Ley de Disciplina Financiera contempla.

La Legislatura local deberá analizar la capacidad de pago del ente público, el destino del financiamiento u obligación y el otorgamiento de recursos como fuente de pago o garantía de pago.

Para la autorización del contrato se tiene que especificar el monto autorizado de las obligaciones a incurrir, el plazo máximo autorizado para el pago, el destino de los recursos, la fuente de pago o garantía –que podrá ser otorgada por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación- y establecer la vigencia de autorización para que no exceda el ejercicio fiscal siguiente.

Todos los proyectos contratados deberán presentar las mejores condiciones de mercado, no podrán celebrarse contratos de asociaciones público-privadas con gobiernos de otras naciones o con sociedades o particulares extranjeros, ni pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional.

Al Código Financiero del Estado de Veracruz se agregó la Ley de Asociaciones Público Privadas para el Estado de Veracruz como órgano regulador y protector para la firma del contrato con cualquier empresa público-privada.

Este Dictamen fue aprobado con 24 votos a favor, 17 contra y 3 abstenciones.

Al anunciar su voto en contra, la diputada Tanya Carola Viveros Cházaro, del Grupo Legislativo de MORENA consideró que el dictamen presenta diversas inconsistencias como la temporalidad de alguna obra en específico, además de facilitar la transferencia de recursos y sólo beneficiar a unos cuantos con lo que afectaría los recursos del Estado.

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